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Marzo 2011

LA OBRA SOCIAL DEBE SUFRAGAR HASTA LA ESCUELA PRIVADA
Y EL BUS ESCOLAR DE LOS DISCAPACITADOS



Una obra social fue condenada a cubrir como prestación por discapacidad la educación de un menor en un colegio privado. El fallo fue apelado y la Cámara Federal que intervino confirmó el fallo del juez inferior.

La Cámara Civil y Comercial Federal confirmó una sentencia de primera instancia que condenaba a una obra social a cubrir como prestación por discapacidad la educación de un menor en un colegio privado bilingüe. Entre las obligaciones impuestas a la demandada se incluyó también el traslado del niño al colegio y de allí a su casa.

El fallo de primera instancia admitió el amparo interpuesto contra la obra social OSDE y la condenó a suministrar a un menor la cobertura total de las prestaciones de educación en un instituto bilingüe, incluyendo el transporte ida y vuelta al colegio, en atención a la discapacidad padecida por el niño.

La obra social apeló dicha decisión argumentando que no se encontraba obligada a cubrir la educación del menor en un colegio privado dado que existe una importante oferta estatal. Señaló al respecto que la escuela a la que asistía el niño había sido seleccionada por una decisión personal de sus padres.

En primer lugar, la Cámara sostuvo que el padecimiento del menor -Síndrome de Prunne Belly- estaba fuera de la discusión del caso. Había quedado acreditado en el proceso que el niño padecía de tal condición. La patología implica discapacidad motora y visceral, total y permanente.

El tribunal de alzada determinó que la legislación aplicable al caso es la ley 24.901 que regula las prestaciones correspondientes a personas con discapacidad. La norma en cuestión dispone que las obras sociales tienen a su cargo la cobertura total de las prestaciones que necesiten los afiliados con discapacidad. Entre tales prestaciones se encuentra la Educación General Básica, conforme señaló la Cámara.

La Sala III del tribunal federal también recalcó que en el caso era aplicable la resolución 428/99, en la que se determina que "las prestaciones de carácter educativo contampladas en este nomenclador serán provistas a aquellos beneficiarios que no cuenten con oferta educacional estatal adecuada a las características de su discapacidad".

La Cámara Federal destacó que la decisión de los padres de enviar al niño a una institución privada no era fruto de un antojo o capricho sino que tuvo lugar "en virtud de que así ha sido indicado por el profesional médico tratante del menor y su psicóloga". Ambos profesionales consideraron que lo mejor para el menor era continuar en la institución a la que ya asisitía puesto que en ese medio ya se encuentra integrado con sus compañeros y el personal. Además, se destacó que el niño debería afrontar dos importantes operaciones las que requerirían del apoyo y contención de su entorno y el colegio forma parte de ese círculo.

El órgano judicial también señaló que la obra social apelante sólo se limitó a señalar que existe oferta educativa estatal pero en ningún momento precisó información acerca de la calidad y condiciones de los establecimientos. En palabras de la Cámara, "la accionada no ha acreditado que exista alguna oferta educacional estatal adecuada a las necesidades del discapacitado y que en su caso se cuente con vacantes para el menor".

El tribunal de alzada recalcó que la cobertura de la educación para personas con discapacidad comprende tanto los colegios públicos como privados. Destacó también que la negativa de la obra social a prestar dicha cobertura resulta "lesiva al derecho a la salud".

La Cámara afirmó también que una actitud como la de la demandada resulta contraria a la finalidad de las obras sociales que está establecida en la ley 23.661. Esta norma dispone que uno de los fines de las obras sociales es "proveer prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan al mejor nivel de calidad disponible y garanticen a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel de prestaciones".

El tribunal superior recordó además la doctrina establecida por la Corte Suprema en esta materia. El Máximo Tribunal, en oportunidad de fallar sobre la cuestión, señaló que los discapacitados necesitan de los jueces y de toda la sociedad para afrontar su problemática y mejorar sus condiciones y calidad de vida.

De este modo, la Cámara Federal, integrada por los vocales Ricardo Recondo, Guillermo Antelo y Graciela Medina, resaltó la necesidad de proteger el derecho a la salud y confirmó el fallo de primera instancia. Afirmó el tribunal "cabe recordar que el principio interpretativo rector en esta materia es la integralidad en el cumplimiento de la prestación asistencial, que indica que la prestación debe ser ejecutada del modo más eficaz e idóneo para satisfacer las condiciones mínimas acordes con las necesidades del discapacitado".

La obra social condenada deberá afrontar las prestaciones educativas que le impuso la Justicia

Fuente: DJU
 
   
   
   
Agosto 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ADOPTA MEDIDAS
PARA LA INTEGRACIÓN LABORAL



Por acordada, la Corte Suprema de Justicia de la Nación creó la Unidad de Discapacidad e Integración Laboral, autorizada de realizar el seguimiento en la integración de agentes con discapacidad que ingresen a ese cuerpo judicial.

La nueva unidad actuará bajo la órbita de la Dirección de Recursos Humanos del Máximo Tribunal, administrando y actualizando el Registro de Aspirantes con Discapacidad que se postulen para ingresar en el Poder Judicial.

También realizará la evaluación de factibilidad en materia edilicia y de las necesidades de las distintas dependencias de la Corte, con miras a definir las características de los puestos de trabajo que se requieran, entre otras funciones.

La Acordada 12/2010 puede leerse en:

http://www.cndisc.gov.ar/doc_publicar/varios/acordada.pdf

Fuente: cij.gov.ar

 
   
   
   

ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO CON DISCAPACIDAD

¿Quiénes pueden cobrarla?

- DESOCUPADOS
(Aquellos que no perciban ninguna suma de dinero en concepto de Prestaciones Contributivas o No Contributivas,Subsidios, Planes, Jubilaciones, Pensiones, etc.)

- TRABAJADORES NO REGISTRADOS
(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil)

- SERVICIO DOMÉSTICO
(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )

- MONOTRIBUTISTA SOCIALES

Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado( por ejemplo un abuelo, un tío, hermano mayor de 18 años), por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado, privilegiando a la mamá. La asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños.


¿Qué requisitos se deben cumplir?

EL TITULAR

- Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).

- Residir en el país.

- Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.

- Figurar en la Base de Personas de ANSES

- Que sus hijos figuren en la Base de Personas de ANSES relacionados con el titular.


REQUISITOS DE NIÑO/A Y/O ADULTO CON DISCAPACIDAD

- Contar con Autorización por Discapacidad vigente emitida por ANSES. (Más información >>)

- No tiene límite de edad.

- Ser soltero.

-Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o Curatela a la Persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).

- Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de Sentencia o Información Sumaria.

- Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.

- Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).

- Residir en el país.

- Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.

- Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.

La existencia de menores de 18 años y discapacitados que no cumplan las condiciones para generar el derecho al cobro de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, cualquiera fuere el motivo, no impedirá el cobro de la prestación a las personas que lo tienen a su cargo por el resto de los integrantes del

¿Cuánto se pagará?

$720

Por mes, por hijo (máximo 5) de la siguiente forma:

$576

(80%) se percibirá directamente

$144

(20%) restantes se depositarán en una cuenta a nombre del titular. Ese dinero sólo podrá ser retirado una vez al año, cuando demuestre que el niño concurrió a la escuela durante el ciclo escolar y cumplió con el plan de vacunación.

Para cobrar esta asignación, anualmente deberá presentar el certificado de cumplimiento del plan de vacunación obligatorio y del Control sanitario hasta los cuatro años de edad del hijo. Además, a partir de los cinco años del niño, también deberá presentar el certificado de asistencia escolar del año anterior, a un establecimiento de educación público.

 
   
   
   
Modificación – Nuevos Aranceles del Nomenclador para Prestaciones
de Personas con Discapacidad  - Resolución  523/09



BAJAR RESOLUCIÓN

 
   
   
   

Neuquén adhirió a la ley 24.901

La Legislatura provincial sancionó el 17 de mayo la adhesión a la Ley Nacional Nº 24.901 que crea el Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad y la ley Nº 26.363 de Tránsito y Seguridad Vial.

Neuquén era una de las provincias que todavía no había adherido a la Ley, sancionada hace diez años. En este contexto, a la ley que contempla un sistema nacional de prestaciones básicas, un registro único de personas con discapacidad –para que sean reconocidos como tales en todas las provincias- y la unificación de criterios para el diagnóstico, los diputados

 
   
   
   

Nuevas normativas para los certificados de discapacidad

Disposición 929/09: -SNR - Normativa para Certificación de Discapacidad en Pacientes con Trastornos del Estado de Ánimo.

http://www.solesdebuenosaires.org.ar/Leyes/Disp%20929-09%20SNR.html 

Disposición 930/09: -SNR - Normativa para Certificación de Discapacidad en Pacientes con Esquizofrenia y otros Trastornos Psicóticos.

http://www.solesdebuenosaires.org.ar/Leyes/Disp%20930-09%20SNR.html

Disposición 931/09: -SNR - Normativa para Certificación de Discapacidad en Pacientes con Trastornos en la Infancia, Niñez y Adolescencia.


http://www.solesdebuenosaires.org.ar/Leyes/Disp%20931-09%20SNR.html


Para mayor información ingresar a la página del Servicio Nacional de Rehabilitación: www.snr.gov.ar

 
   
   
   
Excepción de los aumentos de luz para electrodependientes

Las empresas Edenor y Edesur informaron que las personas que son electrodependientes y requieren de la electricidad en sus tratamientos están exceptuadas de pagar el reciente aumento en las tarifas de luz. Para pedir esta excepción es necesario presentarse en alguna de las oficinas comerciales de Edenor o Edesur, según corresponda, con la siguiente documentación: resumen de la historia clínica, en donde el neurólogo deje claramente argumentada la condición de electro-dependiente de la persona y la necesidad de que no se quede sin energía eléctrica (aire acondicionado, nivel de discapacidad, medicación, etc.),boleta o presupuesto de la medicación; orden médica donde se argumente de manera clara y concisa cuál es el tipo de discapacidad y por qué esa persona es electro-dependiente, además de la orden médica con detalle de la medicación y aclaración de que la misma debe conservarse en cadena de frío. Deberán adjuntar la fotocopia de la última boleta del servicio, copia sellada y firmada de la presentación del trámite.

Una vez presentada la documentación, la misma es evaluada para ver si corresponde o no que ese domicilio figure como correspondiente a una persona electro-dependiente. El peticionante deberá esperar 4 días y comunicarse con la empresa para que le informen cuál ha sido el dictamen.


Ante cualquier duda, consultar al ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad): 0800 333 3000 ó en su oficina de Suipacha 615, Cap. Fed., de lunes a viernes de 9 a 18 hs. Teléfonos de Atención Comercial: EDESUR: 0810 222 0200; EDENOR: (011) 4346-8400

 
   
   
   
CONVOCATORIA A ARTISTAS. El plazo de admisión vence el 30 de abril de 2009.

VSA arts está buscando artistas visuales que estén interesados en participar en el Festival Internacional de VSA arts a celebrarse en el año 2010.

Cultura Reveladora
será la muestra internacional más completa de artistas internacionales con discapacidad que asistan a los Estados Unidos.

Se anima a aspirantes de una amplia gama de prácticas artísticas a que se inscriban. La discapacidad es un requisito para la elegibilidad, pero la misma no se divulgará durante el proceso de juzgado. Los artistas se seleccionarán con base en los méritos estéticos de sus obras. Se les pide a los artistas considerar el tema "Cultura Reveladora" en lo que se relaciona a su inscripción, pero una relación con el tema no tiene que ser explícita u obvia en la obra en sí.

VSA arts
utilizará la exposición para considerar la influencia de la discapacidad: ¿Qué conexiones hay establecidas entre el artista y la comunidad de discapacidad local? ¿Cómo ha influenciado la discapacidad el proceso artístico o el trabajo resultante?

La exposición incluirá aproximadamente 50 artistas de alrededor del mundo y será exhibida en la Galería Internacional del Instituto Smithsoniano.


Para obtener información en español:
http://www.vsarts.org/PreBuilt/showcase/gallery/exhibits/Calls/culture/spanish/index.html

 

 
 
 
Taller de Contención y Reflexión p/ padres, familiares y amigos


El sábado 21 de marzo, a las 15 hs en el CTA Nacional, Piedras 1067 se realizará el primer Taller del año, dedicado a la Contención y Relexión para Padres, familiares y amigos de niños y jóvenes con Trastornos en el Lenguaje y la Comunicación.

Como siempre amenizaremos con mate, galletitas y cosas ricas, que también quieran llevar.

Queremos dejar en claro, que el horario que disponemos, se va a dividir en dos.

De 15 hs. a 17 hs. nos abocaremos a la Contención y partir de las 17 hs hasta las 19 hs. nos organizamos como asociación. Quedan todos invitados !!!

Aquellos que deseen participar, bienvenidos.

Visiten nuestra Pág. Web. www.asociacionfanitelco.org.ar

 
 
 
14ª Caminata por una verdadera intergración de las personas
con discapacidad "JUNTOS PODEMOS"


El domingo 23 de noviembre se realizará la 14ª Caminata por la verdadera integración de las personas con discapacidad “Juntos Podemos”, organizada por B’nai B’rith Argentina, Arquidiócesis de Buenos Aires y AMIA, con el apoyo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

En el año de la ratificación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en la Argentina, en esta edición la Caminata hará hincapié en la necesidad del cumplimiento de los derechos ciudadanos  de esta población.

La salida se realizará a las 10 hs. desde la Plaza de los Dos Congresos (Av. Callao y Rivadavia) hasta Recoleta, Plaza Chabuca Granda.

El cierre de la caminata será con un show musical y un mensaje a la sociedad en el lugar de llegada.



 
   
   
   
Solicitud de Exención Personas con Necesidades Especiales
(Propietarios, condóminios, usufructuarios, derecho de uso)
 
   
 
   
   
   
Estrategias y dispositivos de apoyo para la integración escolar
ESCUELAS – MINISTERIO DE EDUCACIÓN GCBA
 
   

ESTA INFORMACION ESTA DIRIGIDA A TODOS LOS DIRECTIVOS Y EQUIPOS DOCENTES DE LAS ESCUELAS DE MODO DE PROMOVER LA MAYOR ARTICULACION PARA LA INTEGRACION ESCOLAR

El Área de Educación Especial, en articulación con las diversas áreas dependientes de la Subsecretaría de Conducción Pedagógica e Inclusión Escolar, ofrece diversos recursos pedagógicos para la integración escolar de alumnos con necesidades educativas especiales en todos los niveles educativos.

Los docentes a cargo y el equipo de conducción de cada escuela, junto con el Equipo de Orientación Escolar, Asistencia Socioeducativa a las Escuelas Medias y/u otras instancias que desarrollen actividades vinculadas a la inserción socio-educativa del alumno en la escuela , evalúan, sugieren y solicitan al Área de Educación Especial, los recursos, las herramientas y dispositivos adecuados para un mejor desempeño en los alumnos con necesidades educativa especiales en las escuelas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La integración involucra la acción de las escuelas de Educación Común y de las Escuelas de Educación Especial, quienes deben trabajar conjuntamente entendiendo que la integración es una responsabilidad de todos los actores de la educación.

ESTRATEGIAS DE ACCION PEDAGOGICA PARA LA INTEGRACION ESCOLAR

La Dirección del Area de Educación Especial, conforma Equipos Integradores en cada una de sus escuelas con la finalidad de posibilitar la integración de alumnos / as con necesidades educativas especiales, con o sin discapacidad, en los distintos niveles y modalidades de la educación común. Dichos Equipos también prestan apoyo, a través de variadas estrategias a instituciones, docentes y / o alumnos / as inscriptos en la educación común.

Ellos son:

  1. Maestro / a Integrador / a: Cumple funciones dentro de la escuela común colaborando y sosteniendo los proyectos de integración de algunos / as alumnos / as en forma individual o grupal, apoyando los procesos pedagógicos consensuados entre las escuelas comunes de nivel inicial y primario, y la escuela especial o de recuperación.
  2. Maestro /a de Apoyo Pedagógico: son docentes que trabajan en las escuelas primarias comunes, dentro de la actividad áulica, con alumnos /as que presentan modalidades de aprendizaje que implican el desarrollo de estrategias pedagógicas particulares.
  3. Maestro /a de Apoyo Psicológico (M.A.P.): son docentes psicólogos o psicopedagogos cuyas intervenciones se realizan en aquellos casos en que los niños /as –que concurren a Escuelas del Área Común y que efectivamente no hay dudas que pertenecen a esta modalidad – necesiten durante un tiempo y de manera transitoria, sostenerse en una relación uno a uno con un adulto para facilitar la inserción y/o inclusión de un alumno a la vida institucional.
  4. Maestro /a Psicólogo /a Orientador /a (M.P.O.): son docentes psicólogos o psicopedagogos que asisten a alumnos /as que tuvieron escolaridad en los Centros Educativos para Niños /as con Trastornos Emocionales Severos (CENTES) y se encuentran en proceso de integración en Escuelas de modalidad Común. Se elaboran conjuntamente estrategias para la mejor integración del alumno.

Los /as Maestros /as de Apoyo Psicológico (M.A.P.) y el /la Maestro /a Psicólogo /a Orientador /a (M.P.O.), el /las Maestro /a de Apoyo Pedagógico y el /la Maestro /a Integrador /a conforman con el /la docente de grado o sección, un equipo con el fin de facilitar la inclusión del /la alumno /a en el grupo de pares y participar de las actividades grupales. Brindan apoyo y contención en forma individual o grupal, según las problemáticas.

  1. Asistentes Celadores /as para Discapacitados Motores: Los /as Asistentes Celadores /as para Discapacitados Motores con su intervención, contribuyen a garantizar la inclusión de los /as alumnos /as con discapacidad motora en las diferentes áreas y niveles del sistema educativo. Su objetivo se centra en favorecer la autonomía del /la alumno /a, colaborando en la participación del mismo en las actividades áulicas, en los desplazamientos institucionales y en su higiene.
  2. Intérpretes de Lengua de Señas Argentina: El /la Intérprete de Lengua de Señas Argentina trabaja para favorecer los procesos de integración de los /as alumnos /as (discapacitados /as auditivos /as) en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. Tiene como uno de sus objetivos prioritarios ser agentes de comunicación e integración entre las personas sordas hablantes de Lengua de Señas Argentina y las personas oyentes hablantes del español.

DISPOSITIVOS PARA LA INCLUSIÓN Y/O INTEGRACIÓN ESCOLAR

Centros Educativos de Prevención y Atención a la Primera Infancia (C.P.A.P.I.): tienen por objetivo detectar y atender a niños /as de 0 a 5 años con necesidades educativas especiales pertenecientes a sectores poblacionales en situaciones de riesgo socio ambiental que requieren de apoyos específicos para su inserción o reinserción en el sistema educativo. Cada CPAPI funciona en el marco de una escuela infantil y del / los CESAC de la zona.

Gabinetes Centrales Zonales: Son cuatro equipos interdisciplinarios distribuidos en la Ciudad de Buenos Aires, cuyo objetivo es evaluar a niñas y niños que se encuentran en el sistema educativo y que requieran de una orientación escolar que atienda sus necesidades educativas especiales. Los Gabinetes proponen estrategias de integración educativa en función de las particularidades de los alumnos.

Asimismo, son el centro de evaluación de niños /as con necesidades educativas especiales de otras jurisdicciones que solicitan el pase al Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

 
   
   
   
Nueva Guia de Información para personas con Discapacidad
CO.PI.NE. y Dirección de Educación Especial del Gobierno de la Ciudad.
 
   
La Comisión para la plena participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales (COPINE) y la Dirección de Educación Especial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lanzaron esta guía de información que pretende brindar un importante aporte para la gestión y el adecuado asesoramiento del público en general sobre la temática. Se encuentra disponible en COPINE.  
   
   
   
El INADI premio un proyecto local de lucha contra la discriminación  
   

El Centro Municipal de Día para Ciegos y Disminuidos Visuales ganó un concurso organizado por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la xenofobia  y el racismo (INADI) con la presentación del proyecto denominado: Servicio de trascripción  de textos al Sistema Braille y en sistemas informáticos.

En el marco del " Concurso 2007 de transferencias para la Asistencia Técnica a Organizaciones de la Sociedad Civil que luchan contra la discriminación".

La Asociación Cooperadora del Centro de Ciegos  fue una de las 20 organizaciones

De todo el país destacadas por su compromiso y experiencia .

El proyecto presentado se trata de un servicio  de trascripción de textos al sistema Braille y en sistemas informáticos que esta en marcha desde el año pasado y ocupa a 10 beneficiarios con discapacidad visual.

El premio obtenido consiste en 10 mil pesos que serán utilizados para mejorar este servicio , actualizando el sistema de digitalización y capacitando a los jóvenes también en la encuadernación de los textos.

La trascripción de folletos (para supermercados y todo tipo de emprendimientos comerciales), cartas de restoranes ,invitaciones ,carteles , entre otros materiales gráficos, es  para ellos una potencial salida laboral.

 
   
   
   
Una oportunidad para ayudar a una buena causa  
 

 
 
   
   
   
Provisión de elementos ortopédicos

 

La Comisión para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales anuncia la apertura del “Programa de Banco de Elementos Ortopédicos” mediante el cual se entregan diferentes elementos a personas que vivan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

El Banco de Elementos Ortopédicos es un servicio básico de comodato o donación de elementos de rehabilitación y de diversas ayudas técnicas.

Esta iniciativa está dirigida a personas con discapacidad permanente o transitoria residentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que no cuentan con cobertura médica. Ayuda además a mejorar la calidad de vida optimizando los aspectos del bienestar físico y emocional, e iniciar un proceso de plena inclusión social.

Entre otros, los elementos que se entregan son silla de ruedas, andadores, bastones, camas ortopédicas, valvas, prótesis, órtesis, audífonos, plantillas, anteojos, colchones antiescara, corsets y trípodes.

Para conocer los requisitos, los interesados deben comunicarse al 4010-0300 (interno 13054), dirigirse personalmente a Cerrito 268 9º piso de lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas o por correo electrónico a copine@buenosaires.gov.ar

 
   
   
   
Descentralización del certificado único de discapacidad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Luego de años de trastornos vivenciados por las personas con discapacidad y sus familias relacionados con las demoras en la obtención del Certificado de discapacidad, a partir de enero del año 2008, seis hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comenzarán a extender el Certificado Único de Discapacidad, un documento indispensable para garantizar los derechos de las personas.
A partir del lunes 3 de diciembre, la línea gratuita de atención telefónica del Ministerio de Salud porteño, 0800-333-7258, brindará toda la información necesaria para orientar a los vecinos porteños.
Los hospitales certificadores entregarán a partir del día lunes 17 de diciembre los requisitos para tramitar las evaluaciones por parte de las Juntas, que comenzarán a funcionar a partir del mes de enero.Con la presencia del jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Telerman, y autoridades del Ministerio de Salud, el  lunes 26 de noviembre a las 16 horas, se realizó en el Salón Blanco del Palacio de Gobierno –Bolívar 1–, el anuncio de la puesta en marcha de la Descentralización del Certificado Único de Discapacidad.
Este nuevo avance en la atención de las necesidades de los porteños con discapacidad, forma parte del Convenio suscripto por el Jefe de Gobierno y el Ministro de Salud de la Nación.
A partir de enero, seis hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comenzarán a extender el Certificado Único de Discapacidad, un documento indispensable para garantizar los derechos de las personas.
De esta manera, el Ministerio de Salud porteño se suma a la tarea del Servicio Nacional de Rehabilitación, aportando seis efectores más para que los ciudadanos tramiten esta documentación.

Los seis hospitales:

-Los hospitales Penna y Piñero, tendrán a su cargo la certificación de discapacidades viscerales.

-El hospital Alvear certificará las discapacidades mentales.

-El hospital Santa Lucía tomará a su cargo la certificación de las discapacidades visuales.

-El Instituto de Rehabilitación Psicofísica (IREP) certificará las discapacidades motoras.

-En el hospital Rocca se certificarán las discapacidades motoras y las sensoriales (auditivas).

Para tramitar el Certificado Único de Discapacidad en alguno de estos seis hospitales, será necesario contar con domicilio acreditado únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 
   
   
   
Programa de Formación e Inserción Laboral para personas con Discapacidad visual
 
Fuente: EL CISNE
 
Este Programa es una iniciativa que tiene por finalidad equiparar las oportunidades laborales de las personas con discapacidad visual, tendiente a su incorporación a la vida productiva. En este sentido, desde febrero de 2001 hasta julio de 2007, se han capacitado a 1.474 beneficiarios con 175 acciones de formación instrumental y por demanda, desarrolladas en 20 provincias. En el área de colocación laboral, se llevan insertadas a 334 personas ciegas y con baja visión, tanto sea en empresas, el sector público o como micro-emprendedores. Adicionalmente se ha montado una cadena de kioscos en diversas provincias, creando 52 puntos de venta atendidos por personas con discapacidad visual.
El referido Programa comenzó a ejecutarse en el marco de los proyectos FOMIN, que entre los años 2001 y 2005 fue financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo, la Fundación española ONCE y aportes del Ministerio de Trabajo de la Nación.
En enero de 2006, y con el fin de dar continuidad, se firmó un nuevo convenio de cooperación y asistencia técnica entre la FAICA, el Ministerio y la Fundación ONCE para América Latina.

Cursos
:
- Cursos de gestores sociales: estas capacitaciones se brindaron a quienes trabajan en organizaciones asociativas de y para ciegos, dando herramientas que mejoren la gestión institucional.
- Preparación para el empleo: brinda herramientas a los beneficiarios con miras de mejorar su capacidad de búsqueda e inclusión en el mercado laboral.
- Informática para formadores: capacita a recursos locales para que estén en condiciones de desarrollar cursos de computación dirigidos a personas con discapacidad visual.
- Informática para usuarios: dirigidos directamente a personas ciegas y con baja visión a fin de que las mismas conozcan el manejo de distintos programas.
- Formación en telemarketing: incentiva y promueve las habilidades de los alumnos como teleoperadores, para facilitar su inclusión o permanencia en el puesto.
- Cursos según demanda: esta acción implica capacitación de acuerdo a las demandas del mercado laboral.

Inserción laboral

El Programa realiza la gestión, evaluación, preselección, inclusión y seguimiento de los beneficiarios, así como el análisis y adaptación del puesto de trabajo, de modo de posibilitar y afianzar el proceso de inserción laboral. En caso de ser necesario, y previa evaluación técnica, entrega en comodato la adaptación tecnológica o financia la obtención de una ayuda óptica para las personas con baja visión.
Más de 30 empresas, así como organismos públicos han integrado personas con discapacidad visual.

Apoyo a microemprendedores
Durante el desarrollo del Programa se han detectado pequeños microemprendimientos encabezados por personas con discapacidad visual en organizaciones tiflológicas, a los que se los apoya con asesoramiento, capacitación e incluso equipamiento e insumos. Se requiere que el proyecto beneficie a varias personas con ceguera o baja visión y sea sustentable.

Cadena Q
Se trata de un emprendimiento que implica la creación directa de puestos de trabajo a través de la puesta en marcha de una red de quioscos que son atendidos por personas con discapacidad visual, con 51 puntos de venta.

Para mayor información del programa, pueden contactarse a través del correo electrónico
pilc@trabajo.gov.ar o por teléfono: 4310-5520/5921/5938.
F.A.I.C.A. : www.faica.org.ar
info@faica.org.ar
Moreno 970 Tercer piso, Oficina 68 - Tel 4342- 0802
(CP: C1070AAG) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
 
 
   

Clarin - 4 de julio de 2007
Conseguir el certificado de discapacidad, una odisea en Buenos Aires

Fuente: http://www.clarin.com/diario/2007/07/04/um/m-01450663.htm

Sirve para hacer valer los derechos reglados en la Ley 22.341, como por ejemplo el acceso gratuito al transporte público. Pero quienes piden un turno hoy para ser examinados por la junta médica del Servicio Nacional de Rehabilitación sufren demoras de hasta seis meses. Al retraso, se suma un edificio inapropiado y la falta de ambulancias para atender a domicilio a quienes no pueden movilizarse. Cómo se vive una mañana en Ramsay 2.250, sede del organismo habilitante.

"Sólo se permite el acceso peatonal", avisa el cartel que cuelga del portón de entrada al predio del Servicio Nacional de Rehabilitación. Paradójicamente, éste es el organismo que se encarga de acreditar los distintos tipos de discapacidades, incluidas las motrices, que sufren dificultades para caminar. La entrada a la sala de espera, un amansadero que puede durar horas hasta llegar a la junta médica, posee rampa, pero el pasillo es demasiado estrecho para transitarlo en silla de ruedas. Entre otras falencias, tampoco existe un letrero que les indique a los sordos e hipoacúsicos que, por fin, ha llegado su turno.

Pero, tal vez, más inconveniente que lo inapropiado de las instalaciones, sea el tiempo que hay que esperar para ser examinado por los médicos del lugar. Según Elizabeth Aimar, coordinadora general de la Red de Asistencia Legal y Social (RALS), el promedio es de seis meses. El retraso implica que durante ese tiempo no se podrá acceder a los beneficios que brinda la Ley 22.341, entre los que se encuentran: 100% de cobertura de las obras sociales, acceso a asignaciones familiares, uso gratuito de medios de transportes y permiso de estacionamiento en zonas restringidas.



Con el apoyo de la Fundación Shell
Proyecto “Redes en Acción” para la capacitación y orientación en la gestión de recursos sociales y ejercicio de derechos de niños/as con discapacidad con sede en la Escuela Especial N* 506 de Dock Sud y veinte establecimientos educativos.

Colaborá con tu donación de alimentos
Podés colaborar con todo tipo de alimentos, especialmente no perecederos, leches en polvo y maternizadas para bebés hasta de 1 año de edad. Comunicate por mail o al cel. 156–196–6610 -Andrea o Elizabeth-.
 

La RALS -Red de Asistencia Legal y Social– ha sido seleccionada por Shell Argentina como una de las organizaciones ganadora del Concurso de Proyectos "Creando Vínculos", desarrollando durante el año 2007 el proyecto “Redes en Acción” con Sede en la Escuela Especial N* 506 de Dock Sud y veinte establecimientos educativos que pertenezcan a la zona (V.inflamable, V.tranquila, Dock Sud, etc.) con el objeto de capacitar en gestión y orientación a profesionales y familias en la obtención de recursos sociales y el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad se realizarán talleres de diferentes temáticas entre las cuales se destacan, sexualidad, violencia, gestión de pensiones asistenciales y acceso a la seguridad social.

Los antecedentes del proyecto se inician con el programa “Conocer para Acceder” realizado por RALS en la segunda mitad del año 2006 en la Escuela N* 506. El mismo incluyó asesoramiento, orientación y gestión tendientes a lograr un mejor estándar de salud y calidad de vida a niños y niñas que concurrían al establecimiento seleccionado así como también de sus familias; a partir del asesoramiento y gestión en accesibilidad sobre los derechos en relación con situaciones de discapacidad y/o enfermedades discapacitantes y/o de alto costo. En este contexto, Redes para la Acción se inicia paralelamente y acompaña al proyecto “Conocer para Acceder”, con el fin de generar una Red más amplia que abarque tanto a las Escuelas de Villa Inflamable como también a las de los Barrios Cercanos pertenecientes al Partido de Avellaneda, permitiendo orientar en la gestión y capacitar a otros profesionales del área educativa en la pesquisa de niños: a) con déficit de atención y/o cualquier tipo de problemática en relación al acceso del aprendizaje escolar; b) en situaciones de riesgo social que se generan por las condiciones propias de su discapacidad y/o problemática de aprendizaje. Dicha pesquisa es el primer paso que propiciará el acceso a coberturas de salud y de la seguridad social.
En este sentido, se considera necesario promover la formación de los operadores directos (profesionales, docentes, personal directivo) en las instituciones educativas del nivel inicial y EGB de la Municipalidad de Avellaneda. Se dispone trabajar en dos líneas de acción: la primera se relaciona con Capacitación y Gestión a)Capacitación interdisciplinaria a los mencionados, siendo la escuela asociada al Proyecto la base del mismo donde se realizarán las capacitaciones abiertas (docentes y público en general interesado en la temática); b) Talleres donde se abordará la temática de discapacidad en relación con: acceso a derechos violencia y sexualidad, sitos en cada escuela participantes; C) entrega de material gráfico –cuadernillo- que servirá como guía y base de recursos.

La segunda línea de acción se desarrollará desde la Gestión y la Orientación a padres y familias en la escuela base y en las escuelas de la red con atención y servicio social individual. El objetivo primordial es formar capacitadores o divulgadores del saberes específicos.integrantes del Área Educativa que puedan entender, contener y derivar a niños, niñas y familias inmersos en esta problemática.



  Con el apoyo de la INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo) y en conjunto con las organizaciones que participan del Foro contra la Discriminación en Salud, se lanzará en breve un Programa de Capacitación para Escuelas con interés en la integración e inclusión educativa.



Con el auspicio del Programa de Voluntariado “SER SOLIDARIO" PLAN DE FORTALECIMIENTO Y PROMOCION DEL VOLUNTARIADO 2006
Ciclo de capacitación y difusión de Derechos denominado: "Conocer para Acceder” que tiene por objeto la capacitación para la formación de Referentes de Grupos Comunitarios del Sur de la Ciudad de Buenos Aires en temáticas referidas a discapacidad y difusión de derechos, a fin de tornarlos AGENTES MULTIPLICADORES EN ASISTENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, capaces de atender las demandas de vecinos en materia de información, orientación y gestión.
 

La Red de Asistencia Legal y Social-RALS con el auspicio del Programa de Voluntariado “SER SOLIDARIO" PLAN DE FORTALECIMIENTO Y PROMOCION DEL VOLUNTARIADO 2006, desarrolla un Ciclo de capacitación y difusión de Derechos denominado: "Conocer para Acceder” que tiene por objeto la capacitación para la formación de Referentes de Grupos Comunitarios del Sur de la Ciudad de Buenos Aires en temáticas referidas a discapacidad y difusión de derechos, a fin de tornarlos AGENTES MULTIPLICADORES EN ASISTENCIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, capaces de atender las demandas de vecinos en materia de información, orientación y gestión.

Los objetivos específicos del proyecto son promover la formación de una serie de Referentes de Grupos Comunitarios del Sur de la Ciudad de Buenos Aires, en temáticas relacionadas a la discapacidad, a través del desarrollo de ENCUENTROS que serán descritos en este Proyecto. Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad que habitan en villas y barrios de la Zona Sur de la Ciudad, a partir de la formación de sus Referentes Comunitarios, dotándolos de herramientas útiles para su asistencia, información, orientación y derivación a los organismos especializados y competentes. Brindar información para el mejoramiento de las condiciones en materia de salud, educación, accesibilidad, empleo y seguridad social.

La asistencia a los talleres es gratuita. A los interesados -público en general y/o personal de los establecimientos hospitalarios -se ruega solicitar informes vía mail a info@rals.org.ar o telefónicamente al 4371-5940–.

     
     
  Clarin - 7 de marzo de 2005
La Justicia obliga a una escuela pública a admitir a un nene discapacitado

Fuente: http://www.clarin.com/diario/2005/03/07/laciudad/h-03701.htm
 
     
  La Justicia ordenó al Gobierno de la Ciudad que una escuela pública común reciba a un chico que padece una discapacidad motora y de la comunicación, junto a la terapista particular que lo asiste permanentemente. El chico —cuyo nombre se reserva— tiene 6 años y hoy concurrirá a su primera clase de primer grado en la Escuela Nº 8 del Distrito Escolar Nº 8, de José María Moreno al 400, en Caballito, según informó a Clarín una de sus abogadas.

Se trata de una medida cautelar emitida por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 12 de la Ciudad, que indudablemente sienta un precedente en cuanto al derecho al ingreso a escuelas de profesionales particulares como acompañantes de chicos con necesidades especiales.

La jueza Alejandra Petrella citó principios de la Constitución Nacional y de tratados internacionales en su fallo. "Aquí aparecería lesionado el derecho a la educación si se impidiera la concurrencia del chico a la escuela sin su terapista. En este aspecto, y en virtud de la sensibilidad propia de aquellas personas que tienen capacidades diferentes, que entiendo que privarlo de su terapista ocasionaría un perjuicio irreparable", justificó la jueza.

El chico padece un cuadro de parálisis cerebral que le impide moverse y comunicarse, pero no le afecta cuestiones cognitivas, explicó la abogada Elizabeth Almar, de la ONG Red de Asistencia Legal y Social, que patrocinó a la familia. Por ese motivo, se expresa a través de una computadora y con la ayuda de una terapista ocupacional especialista en métodos alternativos de comunicación.

En la ONG se explicó que decidieron recurrir a la Justicia porque la Secretaría de Educación pretendía que el chico fuera auxiliado en la escuela por un celador que fuera empleado comunal, como lo establece la ordenanza 47.376/93 . "La funciones de estos celadores son auxiliar en los traslados, por ejemplo para ir al baño, pero no participan durante las clases y ni siquiera tienen la formación profesional necesaria para asistir a un chico de estas características", dijo Aimar.

Desde la Secretaría de Educación porteña se explicó ayer a este diario que el fallo será atacado y que nunca se pretendió negar el derecho del chico a estudiar en una escuela común. "El problema era el tema de la profesional particular que lo va a acompañar. Esa persona, al participar en las clases, se relaciona con todos los chicos del aula y por eso debería ser un profesional de la Secretaría de Educación, por cuya conducta nosotros nos hacemos responsables", explicó un vocero.

En la Secretaría también se rechazó que los profesionales propios no tengan la formación adecuada para un caso así: "Tenemos acompañantes terapéuticos idóneos, elegidos por la Junta de Calificación de la Secretaría".

Los padres del chico dicen que no obtuvieron respuesta en ningún momento de parte de la Secretaría de Educación. Primero quisieron anotarlo en uno de los 32 establecimientos privados que forman parte de una lista llamada de "escuelas con voluntad integradora" para chicos con necesidades especiales, pero no querían recibir a la profesional asistente. Después intentaron en una escuela estatal, pero sucedió lo mismo y decidieron presentar una acción de amparo.