⚠️ Adultos mayores, COVID-19 y discapacidad.
📅Miércoles 20/5 5 PM (Arg) – 3 PM (México D.F.)
➡️Facebook live /RedRals
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Resolución 349/2020
RESOL-2020-349-APN-SSS#MS
📍⚠️ Reemplaza Anexo I Res 308/2020. Formularios declaración jurada transporte y prestador
Para leer la resolución, click aquí.
Quedan habilitados a partir del 27/04/2020 la atención de profesionales del área de la Psiquiatra y Neurologia en consultorio entre otras especialidades detalladas en la Resolución.
♦️ Es imprescindible concurrir: Con sus barbijos recomendados (pueden ser los hechos en casa), y sin acompañantes, exceptuando a aquellos pacientes menores de edad o que por alguna razón deben ser acompañados por un adulto.
🔷 Asegurate que se realicen los protocolos de cuidado COVID-19:
✅ Al ser recibidos deben ser rociadas las manos con alcohol diluido o alcohol en gel
✅ Dirigirse directamente al consultorio con el profesional, evitando la sala de espera y la circulación por el edificio.
✅ En caso de requerir firmas de planillas serán tomadas con la distancia recomendada o bien, en caso de abonar se recomienda la vía de transferencia bancaria.
✅ Evite la permanencia en el lugar y solicite nuevo turno online, whatsapp o teléfono.
🔶En caso de no tener permiso de circulación, debe completar un formulario en línea por única vez ingresando a este link y luego elegir la opción «asistencia/traslado de personas y RAZONES DE FUERZA MAYOR» -ésta última sería el motivo-, y completar con sus datos. El formulario lo puede imprimir o bien descargarlo y tenerlo en el celular.
❇️En caso de que le pidan la documentación, deberá presentar este formulario y el comprobante de turno que deberán enviarle con sello del Profesional por whatsapp, mensaje o mail .
Decreto 311/2020
DECNU-2020-311-APN-PTE – Abstención de corte de Servicios en caso de mora o falta de pago.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta TRES (3) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso.
Si se tratare de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedarán obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se establezca en la reglamentación.
Estas obligaciones se mantendrán por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos a contar desde la vigencia de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.-
b. Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
c. Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
d. Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
e. Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
f. Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.
g. Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.
Para leer la resolución completa, click aquí
⚠️Atención certificados de primera vez, vencidos o extraviados
Qué hacer durante la cuarentena?
La Agencia Nacional de Discapacidad aprobó recomendaciones para el procedimiento de evaluación y certificación no presencial del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
✔️Cada jurisdicción, tanto las provincias como la Ciudad de Buenos Aires, debe establecer los medios de contacto y los modos de aplicación.
🎦Mira el video en formato accesible 👉 click aquí
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Qué hacer si vivo en CABA?
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso lo siguiente:
📌Los vencimientos de los certificados a partir del día 16/03/2020 se prorrogan de manera automática por 180 días.
📌Para pedir turno por primera vez para Junta Médica Evaluadora, hay que hacerlo a través de la plataforma digital, salvo personas sin acceso a internet o casos urgentes.
📌A quienes ya poseen turno con la Junta Médica, no deben concurrir. Si se certifica por primera vez, debe concurrir un familiar con la documentación en sobre cerrado junto con un certificado de supervivencia.
Más info aquí
La era de la independencia
✅Espacio Amata.3 – Gualeguay 1290, CABA.
✅ Viernes 08/12/19
✅ Horario: 17 a 20 hs.
✅Confirmar asistencia a: secretaria@rals.org.ar
El día 5 de diciembre, La Dra. Elizabeth Aimar, presidente de RALS, participará como oradora en el Seminario Abierto «COMUNICACIÓN PARA TRANSFORMAR II – Experiencias, aprendizajes y desafíos al comunicar Discapacidad» a realizarse en la Universidad de San Andrés, en el horario de 9.30 a 12.00 hs.
Actividad sin cargo, con inscripción previa completando el formulario online.
RALS participará en el XIV Congreso Internacional ORITEL con las disertaciones de la Dra. Aimar y Lic. Cavarra con dos intervenciones en la Mesa «La familia en la Rehabilitación» y «la Importancia de las Asociaciones en el marco del Congreso Internacional de Rehabilitación Infantil» a realizarse en Montevideo- Uruguay el día jueves 25 de octubre de 2018.